La Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica pretende dar un paso decisivo en la adecuación de nuestro ordenamiento jurídico a la Convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, hecha en Nueva York el 13 de diciembre de 2006, tratado internacional que en su artículo 12 proclama que las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida, y obliga a los Estados Partes a adoptar las medidas pertinentes para proporcionar a las personas con discapacidad acceso al apoyo que puedan necesitar en el ejercicio de su capacidad jurídica. El propósito de la convención es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, así como promover el respeto de su dignidad inherente.
Los abogados de BarriosPeralbo expertos en materia de discapacidad, originaria o sobrevenida o por razón de la edad, de las personas, son sensibles a las necesidades de trato que requieren, empáticos, y exigentes en la protección de sus derechos personales y patrimoniales. Les asesoran en todos los aspectos que le puedan afectar, a ellos o a sus representantes legales o voluntarios, desde el matrimonio, descendencia, protección del patrimonio, otorgamiento de testamento, fiscalidad e impuestos, solicitud de pensiones, así como la derivación a centros de atención psicológica especializados.